Los contratos de Participación Público Privada son aquellos en que una Administración Pública encarga a una persona de derecho privado, por un plazo, una actuación que comprenda alguna de las siguientes prestaciones: diseño, construcción, mantenimiento, operación de infraestructuras.
Los siguientes son ejemplos en que puede aplicarse este régimen:
– Obras viales, ferroviarias, portuarias y aeroportuarias;
– Obras de infraestructura energética;
– Obras de disposición y tratamiento de residuos;
– Obras de infraestructura social, (ejemplo: cárceles, centros de salud, centros de educación, viviendas de interés social, complejos deportivos y obras de mejoramiento, equipamiento y desarrollo urbano).
Régimen de Participación Público-Privada
En el año 2011 fue aprobada la Ley Nº 18.786, que regula el régimen aplicable a los Contratos de Participación Público-Privada, reglamentada por el Decreto N° 17/2012