Apertura gradual de fronteras COVID-19

Como consecuencia del alto índice de vacunación contra el COVID-19 que registra Uruguay, de la mejoría de la situación sanitaria y en vista de la cantidad de dosis que recibirá el país en los próximos meses para seguir aumentando el nivel de inmunización, se decretó la reapertura gradual de fronteras permitiendo el acceso al país a personas extranjeras no residentes, siempre que cumplan con determinados requisitos.

Desde que aparecieron los casos de COVID-19 en el mes de marzo de 2020, las fronteras de Uruguay han estado parcialmente cerradas para extranjeros no residentes, encontrándose expresamente previsto por decreto los casos en que podrían solicitar su ingreso excepcional al país. A continuación resumimos los principales aspectos incluidos en este Decreto, dado a conocer el pasado 28 de agosto. Se espera su publicación en los próximos días.

A partir del 1° de setiembre de 2021 se autoriza el ingreso de extranjeros no residentes que cumplan con los siguientes requisitos:

- Sean propietarios de bienes inmuebles ubicados en el país.

- Sean titulares o beneficiarios finales de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas con bienes inmuebles ubicados en el país. Dichos extremos deberán acreditarse mediante certificación notarial expedida por Escribano Público habilitado en Uruguay o declaración jurada. Se incluye expresamente que los autorizados podrán ingresar acompañados de su cónyuge o concubino y familiares de primer grado (hijos y padres) y segundo grado de consanguinidad (abuelos, hermanos y nietos).

Quienes ingresen amparados en la nueva excepción, deberán:

- Acreditar haber recibido la única dosis o las dos dosis (según corresponda al tipo de vacuna suministrada contra el virus SARS CoV-2 aprobadas por su país de origen) dentro de los últimos seis meses previos al embarque o arribo al país, y cumplidos los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva.

- Aquellos menores de 18 años que provengan de un país que no haya aprobado ningún tipo de vacuna para su franja etaria, deberán cumplir el aislamiento determinado por las normas sanitarias.

- Presentar prueba PCR con resultado negativo al momento de ingresar al país, completar la Declaración Jurada de Ingreso al País y cumplir las medidas sanitarias vigentes.






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